El derecho de tanteo permite adquirir un inmueble en el Raval
Los criterios para ejercer los derechos de tanteo y retracto son principalmente la idoneidad del inmueble, priorizando las fincas con más de diez viviendas o que dispongan de pisos vacíos para poder aumentar el parque público de vivienda en la ciudad.
La compra del edificio de la calle de Espalter, 6, en el barrio del Raval, se hace en el marco de la ordenanza de tanteo y retracto, y tiene el objetivo último de ampliar el parque público de vivienda de la ciudad y ganar nuevas viviendas en zonas densas con poco suelo disponible. Con el fin de ejercer el derecho de tanteo y retracto, en edificios como este, se valoran los edificios o viviendas en los que haya personas con contratos con prórroga forzosa y personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad, entre otros criterios.
Concretamente, la finca adquirida en Ciutat Vella, mide 655 metros cuadrados y tiene ocho viviendas: siete con contratos de alquiler vigentes, dos a través de la Bolsa de Vivienda de Alquiler del Ayuntamiento, y uno está vacío. Este piso se adjudicará mediante sorteo a través del Registro de Solicitantes de Viviendas de Protección Oficial. El bloque también incluye tres locales.
Con la nueva ordenanza, el consistorio puede declinar la compra por tanteo y transmitir el derecho a personas que ya vivan en el inmueble, a entidades promotoras vinculadas a la Administración pública, privadas o sin ánimo de lucro y cooperativas de viviendas. El umbral económico máximo no puede superar el precio medio de las compraventas registradas en el barrio, descontando el coste estimado de la rehabilitación, si se considera necesaria.
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19/12/2025 - 12:00 h Vivienda Nueva ordenanza de tanteo y retracto para destinar más vivienda a políticas sociales