Junto con la solicitud es necesario presentar la siguiente documentación:
1. Documentación general:
a) DNI/NIF/NIE vigente o documento equivalente de la persona solicitante.
b) Acreditación de la residencia legal en Cataluña de la persona solicitante durante cinco años, dos de los cuales deben ser inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud, mediante la presentación de la siguiente documentación:
- Personas solicitantes con nacionalidad española, de algún país miembro de la Unión Europea o de otro país del espacio económico europeo: los certificados o volantes de los distintos padrones municipales. Se exceptúan a aquellas personas solicitantes que acrediten el requisito de residencia legal en Barcelona en los términos establecidos en el apartado b).
- Otras personas solicitantes: cuando no figure la leyenda "Permanente o larga duración" en su NIE, el certificado de residencia emitido por la oficina de extranjeros o por las comisarías de policía nacional, junto con los certificados o volantes de los diferentes padrones municipales.
c) Justificante de los ingresos de cada una de las personas que forman la unidad de convivencia en edad laboral presentando:
- El original y fotocopia o fotocopia compulsada de la declaración del IRPF del último ejercicio fiscal cerrado, o en caso de no estar obligado, certificado de imputaciones del último ejercicio fiscal cerrado.
- Excepcionalmente, en caso de cambios sustanciales que hagan prever un aumento o disminución de los ingresos deberá presentarse la documentación acreditativa de los ingresos de las tres mensualidades previas a la fecha de presentación de la solicitud de la/s persona/s que hayan sufrido el cambio, junto con el informe de la vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
d) Recibo de alquiler del mes anterior y del mes en el que se presenta la solicitud.
e) Autorización de la persona solicitante y de todas las personas de la unidad de convivencia en edad laboral para que los órganos que gestionan las solicitudes puedan recabar y obtener datos relacionados con la tramitación y seguimiento de la solicitud a otros organismos públicos.
f) En caso de que el importe de la ayuda a otorgar sea superior a 300€ mensuales deberá presentarse el informe socioeconómico emitido por los servicios sociales municipales sobre la situación de la unidad de convivencia.
g) Certificado o volante de convivencia del Ayuntamiento de Barcelona que acredite el domicilio de la persona solicitante y de las personas que forman la unidad de convivencia.
h) El Consorcio de la Vivienda de Barcelona podrá solicitar cualquier otra documentación complementaria para ampliar su conocimiento sobre la solicitud presentada.
i) En caso de que la persona solicitante u otro miembro de la unidad de convivencia conste como beneficiario de una subvención o prestación que corresponda a ayudas por la vivienda, es necesario aportar la resolución de la concesión de la ayuda con el importe otorgado.
j) En los casos de pago del alquiler mediante ingreso en cuenta o transferencia bancaria, se podrá pedir la acreditación conforme la cuenta corriente en la que se ingresa la renta del alquiler es titular la persona propietaria de la vivienda o administradora de la finca.
2. En caso de cambio respecto a la documentación acreditada en las convocatorias del año anterior relativas a las prestaciones para el pago de alquiler o las prestaciones económicas de urgencia social derivadas de la mediación en la ciudad de Barcelona:
a) DNI/NIF/NIE vigente o documento equivalente de los miembros de la unidad de convivencia que hayan tenido un cambio.
b) Original y fotocopia o fotocopia compulsada del libro de familia.
c) Original y fotocopia o fotocopia compulsada del contrato de alquiler a nombre de la persona solicitante. En el caso de contratos de alquiler con efectos a partir del 1 de junio de 2013, es necesario acreditar el cumplimiento de la obligación del arrendatario del pago de la fianza al arrendador.
En caso de que la persona solicitante de la prestación que viva en la vivienda sea el cónyuge de la persona titular contractual o se encuentre incluida en los supuestos que regulan los artículos 15 y 16 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos, debe aportar la documentación acreditativa subrogación, por convenio o por sentencia de separación o divorcio, o por otros títulos válidos en derecho.
d) Formulario normalizado de datos bancarios para poder realizar el pago de la prestación, a nombre de la persona solicitante, firmada por ésta y con la diligencia de conformidad de la entidad bancaria o documento equivalente a nombre de la persona solicitante que acredite su titularidad de la cuenta bancaria donde recibir la prestación.
e) Acreditación del Departamento de Derechos Sociales de la Generalidad de Cataluña, en el caso de las personas con alguna discapacidad.
f) Carné de familia monoparental.
3. Las personas solicitantes que se opongan a que el órgano gestor pueda realizar las consultas que detalla el punto 6 deberán aportar también la documentación que consta detallada en el punto 6.1.a), 6.1.c.1), 6.1.c.2), 6.1.g) y 6.2.a), 6.2.